Si no eres cliente del Gas de Repsol y quieres comenzar a serlo, te informamos del procedimiento a seguir para darte de alta dependiendo de los requisitos de tu instalación:
- Con instalación terminada:
- Certificado o Boletín de la instalación de gas o de idoneidad de la misma expedido por un técnico autorizado. Este documento deberás entregarlo al técnico de Repsol durante su visita.
- Inspección de la instalación por parte de la empresa suministradora, un técnico de Repsol debe supervisar la instalación, a su finalización cumplimentará un documento denominado AT31.
- Sin instalación ni aparatos conectados:
- Efectuamos el alta de tu contrato.
- Ofrecemos los aparatos de gas que mejor se adapten a tu instalación y a las características de la vivienda, siempre según la normativa vigente.
- Te presupuestamos y si lo deseas realizamos toda la instalación, haciéndote entrega del correspondiente certificado.
- Con aparatos a gas ya instalados pero sin documentación:
- Asesoramiento para el cumplimiento de la normativa vigente.
- Entrega del certificado correspondiente en caso de que no haya anomalías en la instalación.
- Contrato de Alta.
En todos los casos y si no dispones de los envases de gas, estos te serán entregados por el técnico en la misma visita, debiendo abonar una fianza además del importe de la carga.
Y si ya dispones de envases, bien sea cedidos o de contratos anteriores, procederemos a la regularización de esta situación para que conste en tu nueva póliza y sin que tengas que pagar fianza, tan solo la carga si fuera el caso.